Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 25 de abril de 2016, por los abogados Claudia Alejos Oropeza y Valentín Castellanos, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 14 de abril de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por resolución de contrato, seguido por la sociedad mercantil Transcendencia, C.A., contra la sociedad mercantil Constructora Macredi, C.A., antes identificados. Queda así REVOCADO el auto dictado en fecha 14 de abril de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas, dada las resultas del fallo.