- III -
- DISPOSITIVA -
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, propuesta por los ciudadanos YIMMY CARLOS GUTIERREZ FARIA y VIVIANA DEL VALLE DEVIS REVEROL, ambos ya identificados. En consecuencia, se declara igualmente disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día dieciocho (18) de enero de dos mil doce (2.012), por ante la Oficina de Registro Civil de Cecilio Acosta del estado Zulia, bajo el Acta, N° 07.
Según manifestación expresa de los cónyuges durante la vigencia matrimonial no procrearon hijos y no adquirieron bienes a repartir.
Publíquese y regístrese.
Particípese lo conducente a la Oficina de Registro Civil de Cecilio A.....