SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud de declarar inadmisible la solicitud de limitación de las medidas cautelares dictadas en la presente causa, formulada por el 16 de julio de 2010, por la abogada BARBARA GARCÍA, actuando en representación de la República.
SE SUSPENDEN la medidas de prohibición de enajenar y gravar dictadas por este Tribunal en fecha 11 de mayo de 2009 sobre los inmuebles descritos en la decisión.
SE MANTIENEN las medidas de prohibición de enajenar y gravar dictadas por este Tribunal en fecha 11 de mayo de 2009 sobre los inmuebles descritos en la decisión.