Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO propuesta por la ciudadana LUZ ELENA MALDONADO CADENAS, en consecuencia, se ordena rectificar el acta de nacimiento signada bajo el N° 3476, inserta el día cuatro (04) de Noviembre de 1986, ante la actual Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, perteneciente a la solicitante, en el sentido siguiente: en el asiento original, donde se lee: “…del pasado año…”, debe leerse: “…del presente año…”, en el asiento duplicado, donde se lee: “…LUZ ESTHER CARDENAS…”, debe leerse: “…LUZ ESTHER CADENAS…”, en su contenido, donde se lee:: “…LUZ ELENA MALDONADO CARDE.....