PRIMERO: SIN LUGAR la querella interdictal restitutoria propuesta por el ciudadano JESÚS ANTONIO SILVA, contra la empresa C.C.M GOLF RESIDENCES, C.A., todos previamente identificados. En consecuencia, se revoca el decreto de secuestro provisorio decretado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción judicial en fecha 8-7-2002 y practicado por el 29-7-2002 por el Juzgado Ejecutor Primero de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y Península de Macanao de este Estado y se ordena poner en posesión de C.C.M. GOLF RESIDENCES, C.A., el bien inmueble consistente en un lote de terreno ubicado en la Estación de Bombeo de aguas servidas, en los limites de los Municipios Mariño y Maneiro del Estado Nueva Esparta, de forma pentagonal con un área aproximadamente de 5.935,37Mts2, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se encuentran ampliamente identificado en autos tal como consta del documento Protocolizado en la Oficin.....