Por las razones y fundamentos previamente expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL FRONTERIZO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara NO CULPABLE a la ciudadana: ELDA MARIA CARMONA, venezolana por naturalización, natural de Menchiquejo, Departamento Bolívar, Colombia, nacida el 28-05-1964, titular de la cedula de identidad Nº. V-25.018.911, de 50 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, hija de Francisco Carmona y de Hortensia Navarro, residenciada en la Parroquia los Cortijos, sector Andrés Bello, calle 218, casa No. 49C-158 del Municipio San Francisco del Estado Zulia, de la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149, primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar expuestas en la acusación Fiscal, toda vez.....