Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, los recursos de apelación interpuestos, el primero presentado por el Abogado RAFAEL ANTONIO SOTO RUBIO, Defensor Público Segundo Penal Ordinario Encargado, actuando como defensor de los imputados WILMER JOSÉ FERNANDEZ, MARTIN MARQUEZ BRACHO y FABIAN POLANCO OCANDO; el segundo recurso interpuesto por el profesional del derecho ADRIAN GUIJARRO GÓNZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.011, actuando en su carácter de Defensor Privado del imputado IRANGEL DE JESÚS TORRES PARRA; y el tercer recurso interpuesto por el Abogado ALFONSO BALLESTAS LOAIZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.066, actuando como defensor privado de los imputados HAROLD DE LA HOZ ACOSTA y ONEIRO ANTONIO GUILLEN VASQUEZ; todos en contra de .....