JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho KAREM PATRICIA JIMÉNEZ BRACHO, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante recurrente Sociedad Mercantil INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA C.A., en contra de la decisión dictada en fecha diecinueve (19) de septiembre del presente año (2012), por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) INADMISIBLE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por la abogada en ejercicio KAREM PATRICIA JIMÉNEZ BRACHO, en contra de la Providencia Administrativa Nro.00051/12, de fecha 09 de mayo de 2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia. 3) SE CONFIRMA el fallo apelado