DISPOSITVA:
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- ANULA DE OFICIO la decisión N°. 011-09, de fecha 31 de Marzo de 2009, emanada del Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual declara Inculpable al acusado GELVAR JOSE GONZALEZ GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de Emisión de Cheques sin Provisión de Fondos, previsto y sancionado en el artículo 494 del Código de Comercio, por franca violación de los artículos 191 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 330, ordinal 3° y 371, ejusdem, así como el artículo 452 del Código de Comercio. 2.- SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, numeral 2° y 322, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.....