PRIMERO: RATIFICAR TOTALMENTE LA ADMISION DEL ESCRITO DE ACUSACIÓN y LAS PRUEBAS OFRECIDAS, en todo su contenido, el cual se da por reproducido en este acto, formulada por la Fiscalía 37° del Ministerio Público; en contra de los adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE). 2.- (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE). 3.- (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el Artículo previsto en el artículo 458 en concordancia con los artículos 80 y 83 todos del Código Penal, y sancionados en la LOPNA, cometido en perjuicio del ciudadano JEAN CARLOS ZAMBRANO. SEGUNDO: DECLARA LA PROCEDENCIA DE LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, de conformidad con los artículos 578 Literal "f" y 583 de la LOPNA; expuesta por los adolescentes (SE OMITEN LOS NOMBRES), la cual ha sido proferida libre de coacción y apremio y guardando las garantías constitucionales y legales del debido proceso. TERCERO: Vista l.....