Por los argumentos antes expuestos este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO al penado LUÍS ALFONSO CÁRDENAS VILLERO, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 04-07-84, de 21 años de edad, soltero, no porta cédula de identidad, hijo de Flor Marina Villero y Edgar Manuel Cárdenas Díaz,residenciado en el Barrio Armando Rincón, calle 94C, casa No. 59-04 ó Barrio Armando Reverón, calle 55, cerca de la parada de la Limpia y de la Farmacia Génesis, casa S/N, Municipio Maracaibo, Estado Zulia.- Regístrese la presente decisión. Ofíciese al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo solicitando el traslado del penado para el día VIERNES 18-10-04.- Notifíquese