DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los ciudadanos Roarsozorys Richard Rodríguez Rondón, Yerson Edison Pérez Papua y José Tiburcio Ramírez Camacaro, anteriormente identificados, por la comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Privación Ilegítima de Libertad y Porte Ilícito de Arma de Fuego , y por cuanto están dados los presupuestos de los artículos 250, 251 y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal y la misma la cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara. Manténgase Privación Judicial Preventiva de Libertad. Notifíquese a las partes. Cúmplase