Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por el Ministerio Público, y en consecuencia, ACUERDA LA PRÓRROGA DE NOVENTA (90) DIAS, que comienzan a partir del dia 12-09-2010 , y culminan en fecha 10-12-2010, a la Fiscalía 47° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para que presente su acto conclusivo en la investigación N° 24-F47-0864-2010, seguida al ciudadano (s) ROMULO JOSE LEAL CHIRINOS, venezolano, natural de Cabimas, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.644.058, fecha de nacimiento 28-09-1981, de 28 años de edad, de oficio Obrero, hijo de VITA ELENA CHIRINOS y MAHIN ANTONIO LEAL, residenciado en Carrtera Carnevalli, Calle Las Mercedes, casa Nº 106, Cabimas, Estado Zulia conforme a lo previ.....