DISPOSITIVA
Por las razones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 del COPP y en aplicación del valor contenido en el articulo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA PROCEDENTE la sustitución de medida a favor de los imputados JOSE GREGORIO TORRES, FELIX JESUS PACHECO SEQUERA y ELIECER GERMAN RAMIREZ MARIN, JORGE LUIS RAMIREZ DOMINGUEZ y JOHAN MANUEL DOMINGUEZ y se SUSTITUYE la medida cautelar contenida en el Art. 256.3 del COPP, por la contenida en el artículo 256. 4 y 9 ibidem, esto es, la prohibición de salida del país sin autorización del Tribunal y el deber de presentarse ante la Fiscalia o el Tribunal cuando sean citados, debiendo notificar al Tribun.....