Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos DARWIN DANIEL PARRA COLMENARES y LEANNYS MARGARITA PONTON DE PARRA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-10.417.507 y 10.426.804 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, celebrado el 27 de diciembre de 2003, ante el Intendente y Secretario del Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia tal como se evidencia en el Acta de matrimonio N° 341 del año 2003, acompañada a los autos en Copia Certificada, y cuyo domicilio conyugal estuvo ubicado e.....