DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS a favor del acusado JORGE LUIS JIMENEZ CAPERA, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 06-10-85, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, Cédula de Identidad Nº 17.899.521, hijo de JORGE LUIS JIMENEZ (V) y NANCY CAPERA (V), y con residencia en Sierra Maestra, calle 21, entre Av. 6 y 7, casa N° 6-47, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, Teléfono N° 0261-7365854, como AUTOR del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el 459 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano LEANTE ENRIQUE MARTINEZ. CUARTO: CONDENA al ciudadano, hoy penado JORGE LUIS JIMENEZ CAPERA, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 06-10-85, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, Cédula de Identidad Nº 17.899.521, hijo de JORGE LUIS JIMENEZ (V) y NANCY CAPERA (V), y con residencia.....