Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara a favor del ciudadano ALFREDO ENRIQUE MONTIEL BAEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, casado, educador, portador de la cédula de identidad Nº 4.987.362, residenciado en el Barrio Rómulo Betancourt, Calle Principal, casa Nº 117, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, el SOBRESIMIENTO de la causa, seguida por el delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal vigente para la fecha del hecho, hoy artículo 416, en perjuicio del ciudadano OVED DAVID ANDRADE PÉREZ, y decreta la extinción de la acción penal. Todo de conformidad con el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con .....