Seguidamente el tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente secuestrado el inmueble ubicado en el sector La Salina, avenida Bella Vista, casa Nº 611, de la Urbanización Las cupulas, en la Ciudad de Cabimas, Municipio Cabimas del Estado Zulia comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con casa Nº 612; SUR: Linda con Avenida Bella Vista; ESTE: Linda con casa Nº 613 y OESTE: Linda con casa Nº 609. Así mismo procede a hacer entrega del inmueble legalmente secuestrado en este acto al representante de la Empresa PDVSA PETROLEO S.A, quien fuera designado por el Juzgado de la causa, ciudadano JAIMEN CASTELLANO ya identificado, quien se le tomo el juramento de Ley de la siguiente manera: ¿Jura Usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaigo en su persona? Contesto: Si lo Juro. Seguidamente el apoderado actor, ya, identificado expuso: Recibo en nombre de mi r.....