VII.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado ALEXANDER DÍAZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 21-11-2018 por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de esta Circunscripción Judicial
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado dictado en fecha 21-11-2018 dictado por el Tribunal de Municipio antes señalado, y se ordena la entrega del bien inmueble, en las mismas condiciones recibidas al inicio de la relación contractual, y totalmente desprovisto de bienes, mobiliarios y personas.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS del recurso a la parte apelante por .....