Se dicto SENTENCIA INTERLOCUTORIA, donde se declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto el ciudadano Luis Enrique Muñoz Dudamel, en su condición de parte co-demandada, asistido de abogado, contra el auto dictado en fecha 14 de abril de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual negó la suspensión de la causa por cuanto el instrumento consignado, por el abogado Miguel Orlando Torres Duque, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Luis Enrique Muñoz Dudamel, para tal fin, -a decir del tribunal de la causa- no surte el efecto que pretende en el proceso. Queda así CONFIRMADO el auto dictado en fecha 14 de abril de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara.