esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos GREGORIO OSCAR PEÑA y JUDITH AIDEE GUTIERREZ COLON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.539.833 y 17.905.834 respectivamente, asistidos del abogado en ejercicio Héctor Luís Narváez Noriega, inpreabogado número 121.444, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 29.11.2007 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 39 inserta folio 151 al 153 de los Libro de Registro C.....