Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante TERESITA MERCEDES FARIA MIQUILENA, al ciudadano LEVI VICTORIANO FERRER IZAGA, en su condición de Cónyuge, y a la ciudadana GLADY DE LAS MERCEDES MIQUILENA DE FARIA, en su condición de Madre, antes identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros.