este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del TRABAJO de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN , alegada por la representación de la empresa LA HORA DIGITAL, C.A. SEGUNDO: SIN LUGAR LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, alegada por la representación de la empresa LA HORA DIGITAL, C.A. TERCERO: CON LUGAR el GRUPO DE EMPRESAS alegado por la ciudadana NAYROBIS DEL VALLE MARCANO BOADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.223.386, entre las empresas EDITORIAL DIARIO LA HORA C.A., ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL MARGARITEÑA C.A (OEMCA) y la HORA DIGITAL, C.A., plenamente identificadas en autos. CUARTO: CON LUGAR la demanda instaurada por la ciudadana NAYROBIS DEL VALLE MARCANO BOADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.223.386, contra el grupo de empresas EDITORIAL DIARIO LA HORA .....