este Tribunal Décimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con sede en Maracaibo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
Primero: REMITIR la presente causa signada con el nro 10M-335-2010, instruida contra en contra de los ciudadanos acusados ADRIAN EMIRO OLIVARES ANTUNES y ROGELIO ANTUNEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, en perjuicio del ciudadano occiso ANTONIO JESUS MELEAN; ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en perjuicio de los ciudadanos NESTOR BRICEÑO y ZULAY BRICEÑO, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR; de conformidad con lo establecido en el articulo 70 ordinal 1ero en concordancia con el artículo 73 en relación con el 66 todos del Código Orgánico Procesal Penal; al Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito y Sede, a fin de que sea acumulado al asunto penal nro 4U-680-2009, instruido en contra de los acusados LUIS ANTONIO QUINTERO CALDERON, por el delito de HOMICI.....