DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida contra del joven adulto (NOMBRE OMITIDO. ART 545 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 Ordinal 3 del Código Penal, cometido en perjuicio de JHONNY ALEXANDER PERNIA RAMIREZ, de conformidad con lo establecido en el 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el ordinal 3° del articulo 318 y el ordinal 8° del articulo 48 ambos del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y conforme al articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal se Extingue la Acción Penal, declara Cosa Juzgada, se ordena HACER CESAR la persecución policial del adolescente, el CESE de las medidas cautelares decretadas, y se ordena el Archivo de la presente causa, una vez vencido el lapso de Ley. Regístrese la presente decisión