En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO formulada por los ciudadanos GABRIEL JOSE LAREZ NORIEGA y YVONNET CAROLINA MURGUEY CARABALLO LAREZ, venezolanos, de mayor de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-13.540.703 y V-14.221.581, respectivamente, debidamente asistidos por el Abg. Jesús Enrique Larez Fermín, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 8.467 y de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil Declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA contraído en fecha 03 de Julio de 2001 por ante el Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta.