De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara incompetente para conocer la causa nro 2U-764-15, seguida en contra de los ciudadanos acusados GUSTAVO ENRIQUE GARCIA RINCON y GUSTAVO ERNESTO GARCIA SOTO, por la presunta comisión del delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, y en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la norma adjetiva penal, plantea el conflicto de no conocer, y se ordena la remisión de la presente causa a la Sala de la Corte de Apelaciones que por distribución le corresponda decidir, a fin de que resuelva el presente conflicto. Librese el oficio de remisión.