declara:
a) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por el ciudadano FRANKLIN JOSE PERSAD SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N ° V ¿ 5.802.846, en contra de la ciudadana MARIA CHIQUINQUIRA HERNANDEZ CASANOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 16.149.130, a favor del niño FRANK ALEJANDRO PERSAD HERNANDEZ, ya identificado. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo a las necesidades del niño de autos, y la capacidad económica de las partes, fija como pensión mensual de Obligación de Manutención la cantidad equivalente al (63,07 %) del salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 1.223,89), lo que quiere decir que la cantidad a pagar po.....