..este Tribunal cumplido como se encuentran los extremos establecidos en el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil, decreta: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre dos parcelas de terreno ubicadas en el sitio denominado "Guatamare", Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta, distinguida con los números 41 y 65, respectivamente, y comprendida dentro de las medidas y linderos siguientes: PARCELA N° 41, constante de una superficie de cuatrocientos treinta y siete metros con setenta y dos centímetros (437,72 mts), la cual esta comprendida dentro de las siguientes medidas y linderos: Norte: En catorce metros con doce centímetros (14,12 mts) con calle en proyecto; Sur: En catorce metros con doce centímetros (14,12 mts) con la parcela numero 65; Este: En treintiiun metros con diez centímetros (31,10 mts), con parcela de terreno numero 42, que es o fue de Jesús Ramón Rodríguez Suniaga; y Oeste: En treinta metros con noventa centímetro (30,90 mts), con parcela de terreno N.....