Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
PRIMERO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JESÚS ALBERTO GUERIRE MARTÍNEZ, a la ciudadana ZAIDA BEATRIZ ROMERO DE GUERIRE, en su condición de cónyuge, y a los ciudadanos JESÚS ALBERTO, DANIEL JOSÉ y RICHARD ALBERTO GUERIRE VALBUENA, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, autorizándose para su elaboración y confrontación a la ciudadana Mary Franco, titular de la cedula de identidad Nº 16.606.326, en su condición de Asistente de este Tribunal.
TERCERO: Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas para formar expediente.
CUARTO: Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándos.....