Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta el Sobreseimiento de la causa penal signada por este Despacho con el N° CO2-1949-2007, seguida contra el ciudadano YOGLIS ANTONIO DAVILA MONTERO, plenamente identificado en actas, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano vigente para la fecha de su comisión (hoy 413), en perjuicio del ciudadano JAIRO MOYA GONZALEZ, dada la solicitud interpuesta por la representante de la Fiscalia XVI del Ministerio Público, Abogada YENNYS DIAZ MARTINEZ, y por vía de consecuencia, declara extinguida el ejercicio de la acción penal, al haber prescrito por el transcurso del ti.....