Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara NULA LA CITACIÓN practicada el 06 de marzo de 2007, por el Alguacil Natural JOSÉ GUSTAVO MATOS del JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de la empresa PDVSA, practicada en la persona de la ciudadana ALEJANDRA REVERÓN en el juicio que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, sigue el ciudadano JOSÉ ANTONIO BUSTAMANTE, contra la empresa PDVSA PETROLEO S.A. Se ordena:
Reponer la causa al estado de practicar la citación de la demandada Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., en la persona del ciudadano FÉLIX RODRÍGUEZ, en su carácter de Director Adjunto de Producción y Gerente General de Producción de la División de Occidente Exploración, Producción y Mejorami.....