Por los razonamientos que anteceden ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL N°03 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: este Tribunal de conformidad con lo pautado en los Ordinales 2° del articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal , Admite Totalmente la Acusación Fiscal presentado por la Fiscalía del Ministerio Público por estar ajustada a derecho, llenar los extremos previstos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado JOSÉ SAMUEL MARÍN MARÍNDECLARA CULPABLE AL ACUSADO JOSÉ SAMUEL MARÍN MARÍN, por la comisión del delito de de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES Y ALEVOSÍA y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 2º y 286 ambos del Código Penal vigente, tomando en consideración este Tribunal, tomando en cuenta para el calculo la pena, la pena mínim.....