Así pues, que este Tribunal basado en que la sentencia de divorcio (certificado de divorcio) con el Nº de archivo Estadal 2011-050746, con número de legajo, volumen y página: FMCE 11 007522, dictada en fecha 18-11-2014 en materia Civil por la Corte Judicial Diecisiete, en y por el Condado de Broward, Florida, en Fort Lauderdale, Florida, EEUU, con fecha de Registro 24-08-2011, no solo contiene señalamientos no contenciosos sobre la disolución del vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MÓNICA RESENDE LANZA y JUAN LUIS BARROSO GARCÍA, sino que también en el punto 3 se detalla la PENSIÓN DE ALIMENTOS que debe pagar el ciudadano JUAN LUIS BARROSO GARCÍA, situación ésta que incide directamente en la esfera jurídica de las niñas VALERIA DE LOS ÁNGELES BARROSO RESENDE, quien nació el día 01-08-2002 y DENISE VALENTINA BARROSO RESENDE, quien nació el día 07-04-2007 y en la actualidad tienen 12 y 8 años de edad, respectivamente, hijas de la ciudadana MÓNICA RESENDE LANZA, parte solic.....