Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados en ejercicio NABETSE SOFÍA SÁNCHEZ y HOMER ANTONIO GUANIPA, contra la decisión N° 2C-770-14, dictada en fecha 03 de abril de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, haciéndose improcedente las solicitudes tanto de libertad plena como de medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad, planteada por la parte recurrente a favor de sus representados.