Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación de la transacción celebrada en fecha tres (03) de mayo de dos mil doce (2012), entre el profesional del derecho, ciudadano GABRIEL EDUARDO MOSQUERA HERNANDEZ, ya identificado, en su carácter de parte demandante, por una parte y por la otra los ciudadanos JESUS MARIA QUESADA MOYA y NAIRA JAZMIN JIMENEZ, antes identificados, debidamente asistidos por la profesional del derecho, ciudadana ADA JIMENEZ, antes identificada. Se da por consumado el acto y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se declara terminado el presente juicio y se acuerda la remisión del expediente al Archivo Judicial, prev.....