este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN en la pretensión de PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano OSWALDO VASQUEZ, en contra de TALLER INDUSTRIAL ARENA, C.A., FLAG INSTALACIONES, C.A., TURBINA SOLAR DE VENEZUELA C.A., Y SHELL DE VENEZUELA, C.A., ambos plenamente identificados en las actas procesales.
No procede la condenatoria en costas de la accionante de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.