Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, con competencia en el régimen procesal transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PROCEDENTE la solicitud de restitución de custodia interpuesta por la ciudadana ANA BEATRIZ DORANTE MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-21.275.322, domiciliada en La Pastora, sector Enio Pascoli, municipio Torres del estado Lara, en contra del ciudadano FRANCISCO SEGUNDO BASTIDAS CARIPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 5.930.361, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en relación con la niña REINSSI MARIA BASTIDAS DORANTE, en consecuencia, se ratifica la Restitución De Custodia de la niña (Se omite de conformidad a lo establecido en el.....