"...PRIMERO: DECRETAR la SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos FRANCISCO JOSE MATAMOROS y CALIXTA ALEJANDRA AMAIZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-6.346.944 y V-11.146.170 respectivamente; conforme a los Artículos 189 del Código Civil. SEGUNDO: Extinguida la Comunidad de Gananciales con ocasión al presente decreto de separación. Ello en atención a lo dispuesto en el Segundo aparte del artículo 173, concatenado con el artículo 175, ambos del Código Civil, y HOMOLOGADO el acuerdo suscrito entre ellos respecto de dicha comunidad. TERCERO: En lo que concierne a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar de los Hermanos "...Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente...", tiene en cuenta lo acordado por los padres en su escrito, en razón de lo cual se HOMOLOGAN los acuerdos su.....