PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES (TRANSITO) incoada por los ciudadanos PEDRO RAIMUNDO TILLERO FERRER y EDUARDO JESÚS ROJAS LEON en contra de los ciudadanos AMANDUS WERNER REITSCHI y KARIN STEINACHER, todos identificados en los autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la suma de DOCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.12.000.0000,00) que según la Ley de Reconversión Monetaria vigente a partir del 1.1.2008 equivale a Doce Mil Bolívares fuertes (Bs. F 12.000,00) por concepto de los daños materiales ocasionados.
TERCERO: IMPROCEDENTE, la reclamación relacionada con el lucro cesante.-
CUARTO: No hay condenatoria en costas en virtud de no haber vencimiento total en el presente proceso.