Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano EDISON FLORES contra la empresa C.A. ENERGIA ELECTRICA DE LA COSTA ORIENTAL (ENELCO), por motivo de Bonificación Unica.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de lo aquí decidido.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el ar.....