PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo aducida por la empresa demandada, sociedad mercantil DRAGAS DEL SUR, C.A. (DRAGASUR), referida a la prescripción de la acción intentada en su contra por los ciudadanos VICTOR JOSE GONZALEZ y JUNIOR JOSE MORILLO, en base al cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos VICTOR JOSE GONZALEZ y JUNIOR JOSE MORILLO, en contra de la sociedad mercantil DRAGAS DEL SUR, C.A. (DRAGASUR) y en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., llamada como Tercero Interviniente, en base al cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: No se condena en costas a las partes co-demandantes, ciudadanos VICTOR JOSE GONZALEZ y JUNIOR JOSE MORILLO, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por devengar menos de TRES (03) salarios mínimos, excluido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del mismo texto adjetivo labor.....