Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia en funciones de Juicio No. 09 constituido en forma Mixta, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley de forma UNANIME DECLARA CULPABLE al acusado DANIEL JOSÉ GUTIÉRREZ, Venezolano, Natural de Maracaibo Estado Zulia, cédula de identidad No. V- 16.151.832, de 21 años edad, estado civil soltero, profesión u ocupación pintor de vehículos, domiciliado en el Barrio Virgen del Carmen, por el Abasto El Tronco, calle 36C, casa Nro. 23ª-58, Maracaibo, Estado Zulia, por ser autor de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 ahora 405, cometido en perjuicio de quién en vida respondiera al nombre de SEBASTIAN HERAZO, en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, así com.....