DISPOSITIVA
Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, constituido como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al Acusado Ciudadano ANGEL LEONARDO FARIA PIRELA, Venezolano, de 25 años de edad, Soltero, Buzo, titular de la Cedula de Identidad Personal No. V-14.777.518, hijo de la Ciudadanos ANGEL FARIA Y JOSEFINA PIRELA (D), domiciliado en la Calle Ayari, al final, Casa No. 132, Tasajera en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, de conformidad con el Articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, a cumplir la pena de UN (1) AÑO, OCHO (08) MESES DE PRISION, mas las Accesorias de ley, como AUTOR del Delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUTRACION, previsto en el Articulo 455, Ordinal 4 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano JOSÉ MARIA MA.....