Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO. JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos DARIO DE JESUS PACHECO TERAN y CARMEN CECILIA GOMEZ OROZCO, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Manuel Dagnino del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en fecha 07 de marzo de 1998, según copia certificada del Acta de Matrimonio No.56.