Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus YONEIDY DE LOS ÁNGELES PEÑA MAVAREZ; quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, Licencia en Educación, titular de la cédula de identidad número 20.256.762, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, a los ciudadanos NANCY MARGARITA MAVÁREZ CALDERA y ALEXIS RAMÓN PEÑA HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 10.081.475 y 7.837.690, respectivamente, domiciliados en el municipio Cabimas del estado Zulia, en sus condiciones padres de la causante. Se dejan a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECLARA.
Expídanse las copias certificadas q.....