En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JAHAZIEL MIZRAIN HERNANDEZ CARREÑO y DAYRI VASQUEZ CAZORLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 17.419.479 y 20.111.158 respectivamente, asistidos del abogado en ejercicio Fidel Larez, inscrito en el inpreabogado bajo el número 121.478, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 04.07.2006 ante la Registradora Civil del Municipio García del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 44, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese d.....