DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado MARVIN EDUARDO CANGA SOTO, titular de la cedula de identidad No 17.918.684, Venezolano, mayor de edad, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 08-12-84, de 25 años de edad, Casado, de profesión u oficio Taxista, hijo de Melvin Canga y Maria Soto, residenciado en el Conjunto Residencial, Las Peramides, Torre D, sexto piso, apartamento 610, Maracaibo, Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Octavo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISION; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, todo de conformidad con lo establecido en los artícu.....