SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra la sentencia de fecha 03 de diciembre de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana THAIS DEL CARMEN NAVARRO MARTÍNEZ en contra de BUTACCI MOTORS C.A., por lo que se condena a la demandada a cancelar a la demandante la cantidad de bolívares fuertes 3 mil 702 con 43 céntimos, por los conceptos especificados en la parte motiva del presente fallo, más los intereses correspondientes a la prestación de antigüedad, intereses moratorios y la corrección monetaria. SE CONFIRMA el fallo apelado. NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS a la parte actora en virtud de lo que establece el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.