En el día hábil de hoy, 8 de Febrero de 2008, siendo las 10:44 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano YSRRAEL ANTONIO URDANETA PARRA asistido por el apoderado judicial abogado Alonso Soto y OBRAS DE INGENIERÍA HS, C.A. (OINHSCA) en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Omar Enrique Herrera Angulo, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada cancela en este acto al demandante la cantidad de tres mil ciento sesenta y tres bolívares fuertes con noventa y dos céntimos (Bs.F. 3.162,92). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.